Patrón Portuario
- Familia profesional: Marítimo pesquera
- Código: Patrón portuario
- Nivel: 2
-
Finalidad:
Organizar, gestionar y ejecutar las actividades del
transporte marítimo en aguas interiores y las
proximidades de la costa, en condiciones de
seguridad, cumpliendo la normativa nacional y
internacional vigente. -
Programa:
a (de acuerdo con el Real Decreto 1533/2011, de
31 de octubre, que regula el certificado)
• Planificar y dirigir una travesía costera y determinar la situación del barco.
• Realizar una guardia de navegación segura.
Adoptar las medidas adecuadas en caso de emergencia.
• Responder a señales de socorro en el mar.
• Maniobrar el barco y poner en marcha la maquinaria propulsora.
• Cumplir las prescripciones sobre prevención de la contaminación.
• Mantener la navegabilidad del barco.
• Gestionar la Normativa Marítima básica. -
Nivel acceso/Requisitos:
Para acceder al curso se tienen que cumplir:
- Tener el certificado de Formación Básica en Seguridad marítima reconocido por la Dirección General de
la Marina Mercante.
- Ser mayor de 18 años.
Alguno de los requisitos siguientes:
• Título de ESO.
• 2 n de BUP con un máximo de dos materias pendientes en el conjunto de los dos cursos.
• Certificado de profesionalidad de nivel 2.
• Certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional.
• Cumplir alguno de los requisitos académicos de acceso a los ciclos formativos de grado medio
• Haber superado un módulo formativo que pertenece al certificado de profesionalidad al cual se quiere
acceder.
• Tener superada la prueba de acceso en la universidad para más grandes de 25 años y/o de 45 años.
• Tener las competencias clave necesarias, de acuerdo con el que recoge el anexo IV del Real Decreto
34/2008, para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente al certificado de
profesionalidad.
• Título de técnico auxiliar (FP1)
Colectivo prioritario: Personas desempleadas demandantes de ocupación. - Horario: Por definir
- Plazas: 15
-
Ocupaciones relacionadas:
- Ejercer como patrones en barcos mercantes de arqueo sucio no superior a 100 GT, que realicen navegaciones sin alejarse más de tres millas de un puerto o de una zona de refugio y si procede transporten un máximo de 150 pasajeros.
- Poder ejercer simultáneamente el mando de la embarcación y el servicio de máquinas, si así lo permiten las características de la embarcación y la potencia propulsora no supera los 375 kW en un solo motor o el doble en dos o más motores.
- Horas totales: 170
- Asistencia: 100% obligatoria
-
Requisitos necesarios para el ejercicio profesional:
Para ejercer esta profesión se tiene que:
- Superar el curso, y las pruebas prácticas correspondientes al curso de patrón portuario.
- Tener 19 años
- Haber realizado un periodo de embarque no inferior a 12 meses (6 meses en el servicio de puente y 6 meses en el servicio de máquinas)
- Tener en vigor el reconocimiento médico realizado por el Instituto Social de la Marina.
- Tener los certificados de especialidad de formación básica en seguridad, operador restringido del sistema mundial de socorro y seguridad marítima y certificado de formación sanitaria especifica inicial.